La Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional Mendoza crea la Comisión Asesora del Programa de Género Local mediante la resolución 699/2019 CD UTN FRM, en concordancia con:
En el 2024 se sanciona el Protocolo de acción e intervención institucional para prevenir, erradicar y sancionar situaciones de discriminación o violencia por razones de género, identidad de género, expresión de género u orientación sexual desde la perspectiva de derechos humanos bajo la Ord. 2026/2024 CSU UTN (deroga la Ord. 1638). En esta ordenanza se establece que cada regional de la UTN debe contar con su Unidad de Género y Diversidad (UGD), Unidad de Atención de Casos (UAC) que depende de la UGD, y un Consejo Interclaustro (CI). Actualmente las personas integrantes de la UGD, UAC y CI desempeñan sus funciones en dichos órganos de forma voluntaria y no remunerada.
La Unidad de Género y Diversidad (UGD) tiene las siguientes funciones:
a.- Difundir y poner en conocimiento a la comunidad educativa el presente Protocolo.
b.- Impulsar acciones y programas para la sensibilización y formación en perspectiva de género con enfoque en derechos humanos de la comunidad universitaria.
c.- Asesorar y orientar a las diferentes áreas de la unidad académica en la
transversalización de la perspectiva de género.
d.- Impulsar vínculos con otras organizaciones e instituciones que permitan el
fortalecimiento de su funcionamiento y la gestión de las políticas de género.
e.- Trabajar en coordinación y replicar los lineamientos impulsados por la Secretaría de Igualdad de género y diversidad.
f.- Colaborar con el trabajo impulsado por las Unidades de Atención de Casos. En particular, cuando se requieran solicitudes de sanciones.
g.- Informar al Consejo Directivo de las acciones desarrolladas en sus sesiones,
asesorando en perspectiva de género con enfoque en derechos humanos.
La Unidad de Atención de Casos tiene las siguientes funciones:
Un protocolo es un conjunto de pautas, dinámicas y procedimientos institucionales diseñados para prevenir, intervenir y sancionar situaciones específicas.
El “Protocolo de acción e intervención institucional para prevenir, erradicar y sancionar situaciones de discriminación o violencia por razones de género, identidad de género, expresión de género u orientación sexual desde la perspectiva de derechos humanos” (ord. 2026/2024) busca garantizar un ambiente libre de violencia y discriminación en la Universidad, promoviendo igualdad y respeto por los derechos humanos. Establece el marco de acción para abordar situaciones que afecten a personas por razones de género y detalla los principios y enfoques de intervención, tales como la no revictimización, la confidencialidad y el respeto a la dignidad humana
El protocolo garantiza el enfoque de género en el abordaje institucional de las situaciones de violencia y discriminación por género entre los/as integrantes de su comunidad.
También garantiza el acompañamiento y orientación de la/s persona/s afectada/s, para evitar la revictimización, la subestimación, la sobreexposición y todo sesgo sexista en el tratamiento de los casos.
acciones de difusión, capacitación y prevención.
El protocolo de la ordenanza 2066 incluye varias situaciones de violencia y discriminación basadas en género, identidad de género, expresión de género y orientación sexual. Las situaciones contempladas son:
El protocolo de la ordenanza 2066 está dirigido a todas las personas que forman parte de la Universidad Tecnológica Nacional (UTN), incluyendo:
Se establece que en el caso de estudiantes menores de 18 años, las intervenciones deberán seguir la legislación vigente y notificar a las personas responsables de la corresponsabilidad parental.
El protocolo de la ordenanza 2066 establece diversas acciones que pueden tomarse en situaciones de discriminación o violencia por razones de género, identidad de género, expresión de género u orientación sexual. Algunas de estas acciones son: